En la actualidad el Conjunto Residencial CANCUN como Persona Jurídica cuenta entre sus activos con la infraestructura eléctrica de media tensión, baja tensión, y alumbrado público compuesta básicamente por:
- Transformadores, protecciones, y accesorios.
- Postería de 12 y 8 metros.
- Cableado de Red y accesorios
La Comisión Reguladora de Energía y Gas (CREG) mediante Resolución 070 del 28-Mayo-2011 con el cual crea el Reglamento de Distribución de Energía Eléctrica normaliza en su capítulo nueve (9) las opciones que puede tener un propietario de Redes Eléctricas dentro de un Sistema de Transmisión Regional (STR) ó un Sistema de Distribución Local (SDL). Para esta situación la Resolución considera las siguientes opciones:
- Convertirse en un Operador de Red (OR).
- Conservar su propiedad y ser remunerado por el OR que los use.
- Venderlos
El Operador de Red del muncipio de Flandes/Tolima es ENERTOLIMA, firma que en la actualidad hace uso de la segunda opción, es decir: el Conjunto conserva la propiedad de la red y a cambio lo remunera con un mínimo descuento sobre la tarifa por Kilowatio/Hora en las facturas de los diez (10) medidores de energía que están a nombre del Conjunto.
En la situación actual y al ser propiedad del Conjunto toda esta infraestructura, tanto el mantenimiento como la reposición en caso de daño de estos elementos es su total responsabilidad con los costos y responsabildad que esto acarrea.
Es por ello que se resulta conveniente considerar la posibilidad de desarrollar la tercera opción que brinda la CREG ante esta situación que es la de vender estos activos al Operador de Red que para nuestro caso es ENERTOLIMA.
Para ello ya se han adelantado consultas ante el área de "Remuneración de Activos" de ENERTOLIMA quienes como requisito principal piden al Conjunto acreditar con documentos la propiedad sobre estos activos. Para ello se ha gestionado ante la Constructora Inversiones Alejandría Ltda. el suministro de los mismos. A su vez primero la Constructora debe acreditar el cumplimiento de normas técnicas sobre la infraestructura que construyó; por ello la Constructora por medio del contratista que realizó la construcción de las redes está haciendo la corrección a algunas observaciones que la interventoría de ENERTOLIMA hizo sobre las normas técnicas de la Red para poder expedir la conformidad de ellas y así poder dar curso al proceso de remunerar los activos.
Con el desarrollo de este proyecto se pretende obtener los siguientes beneficios:
- Liberarse de la responsabilidad de incurrir en costos de mantenimiento ó reposición de estos activos cediendo estas obligaciones al nuevo propietario y así adquiriendo el derecho a la inmediatez en la atención de emergencias eléctricas sin incurrir en sobrecostos.
- Obtener recursos económicos que se pueden orientar entre otros destinos al saneamiento en las acreencias que actualmente tiene el Conjunto ó en su defecto dar la destinación que la Asamblea de Copropietarios determine, permitiendo con ello utilizar los ingresos por cuotas en administración en el mantenimiento y mejoras que el Conjunto requiere.
Las etapas posteriores a recibir la documentación por parte de la Constructora son:
- Hacer la radicación ante ENERTOLIMA de la documentación por ellos requerida.
- Atender visita de peritaje y valoración de la infraestructura eléctrica por parte de ENERTOLIMA.
- Recepción de la oferta económica formulada por ENERTOLIMA según la valoración de la infraestructura aplicando en este proceso los mecanismos y fórmulas para ello contempladas en el apartado 9.3 de la resolución 070 de la CREG.
- Aceptación de la oferta y legalización de la transacción mediante la recepción de los recursos, la entrega formal de los activos, y la disminución de ellos en los activos de los estados financieros del Conjunto.
A contianución se coloca a disponiblidad para consulta y descarga el documento completo que contiene la resolución aquí enunciada.